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08 de Septiembre 2010 |
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Estatus Sanitario:

Situación actual de las principales enfermedades apícolas en Chile

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Sistema de Atención de Denuncias
El SAG ha desarrollado un Sistema de Atención de Denuncias para que cualquier ciudadano que sospeche la presencia de una enfermedad, pueda entregar la información pertinente.
La denuncia debe ser realizada a la brevedad, en cualquer oficina regional o sectorial del SAG, ya sea personalmente, por teléfono, por fax o por e-mail.
Una vez realizada la denuncia y dentro de las 24 horas siguientes, personal del SAG concurrirá a atenderla, sin costo para el denunciante.
Las enfermedades de especial interés en el rubro apícola para el SAG de denuncia obligatoria son:
- Loque americano
- Loque europeo
- Acariosis asiática
- Pequeño escarabajo de la colmena
La situación actual de las principales enfermedades apícolas en Chile se presentan en el siguiente cuadro:
 Fuente: SAG
Importaciones
Chile, gracias a su geografía, es un país privilegiado en el ámbito sanitario. La presencia de barreras naturales como la cordillera, el desierto y el mar contribuyen a mantener un nivel de seguridad sanitaria superior a la de otros países. Sin embargo, siempre existe el riesgo de que se introduzcan nuevas enfermedades al territorio nacional. Una de las principales causas es la importación o el ingreso, a través de pasajeros, de productos originados por el rubro apícola, como miel, cera y abejas, entre otros.
Proceso de Importación
Cualquier persona natural o empresa que desee importar productos de origen animal a Chile, debe cumplir con los siguientes pasos:
Solicitar, en la oficina sectorial SAG más cercana a su domicilio, los requisitos generales y el requisito específico del producto que desee ingresar. Esta información se puede obtener además desde la página web del SAG (Ámbito Pecuario - Importaciones).
Para el caso de presentar una solicitud de un producto que nunca ha sido internado al país, se debe solicitar a la oficina sectorial del SAG la elaboración del requisito específico correspondiente. Posteriormente el SAG analiza la solicitud y resuelve al respecto.
Si el producto cumple con los requisitos sanitarios establecidos, entonces se puede importar al país. Esta situación debe ser acreditada con el correspondiente Certificado Sanitario Oficial que acompaña al producto, el cual es otorgado por la Autoridad Sanitaria competente del país de origen.
El importador debe declarar el producto en Aduana del puerto de entrada y entregar el Certificado Sanitario Oficial que acompaña la importación; posteriormente Aduana informa al SAG. Si se cumple con todos los requisitos establecidos por Chile, se acepta el ingreso del producto.
En el caso de que el producto de importación sean abejas, también deben cumplir con un período de cuarentena de post ingreso, la que debe realizarse en un lugar autorizado previamente por el SAG. Además, tanto para las abejas como para el semen, se debe dar cumplimiento a lo estipulado en la Resolución Exenta N° 3138 de 1999, que indica que éstos deben provenir de establecimientos que han sido habilitados por el SAG en el país de origen.
Regulaciones para la Internación de Productos del Rubro Apícola
Las siguientes Resoluciones fijan los requisitos específicos de importación según tipo de producto:
 Fuente: SAG
Controles Fronterizos
El SAG cuenta con 74 controles fronterizos o barreras sanitarias a lo largo del país, ubicados en los pasos fronterizos, los que le permiten resguardar la condición sanitaria actual.
Como controles fronterizos se entienden los puertos habilitados para el ingreso hacia el territorio nacional (terrestres, marítimos o aéreos), los cuales constituyen parte del sistema nacional de cuarentena y bioseguridad destinados a minimizar la probabilidad de ingreso de plagas o especies cuarentenarias en el caso de vegetales o de enfermedades exóticas desde el punto de vista de la sanidad animal.
Inspección de Pasajeros y Vehículos en los Controles Fronterizos
El funcionario SAG recibe el (o los) vehículos (terrestres, marítimos o aéreos) provenientes del extranjero y realiza una inspección minuciosa de todos los compartimentos, con énfasis en el lugar destinado a los alimentos de los tripulantes o pasajeros y al depósito de las basuras. También se inspeccionan en forma rigurosa los equipajes y bolsos de mano.
En general, el control de barreras incluye las siguientes acciones:
- Obtención de Declaración Jurada de pasajeros y tripulantes
- Revisión de equipaje mediante equipo de Rayos X
- Revisión de medios de transporte
- Inspección de cargas silvoagropecuarias
- Revisión de maderas de embalaje
- Revisión de basura internacional
En Detalles se caracteriza la Declaración Jurada y se señalan las responsabilidades adquiridas por quienes hacen la declaración.
Productos que Constituyen Riesgo Sanitario
Los productos o artículos que constituyen riesgo de introducción de las principales enfermedades exóticas del rubro apícola (ver sección "Diagnóstico de Enfermedades")son los siguientes:
- Abejas importadas en forma ilegal
- Miel y productos pecuarios que la contienen como ingrediente
- Cera de abeja en bruto y refinada
- Semen de zángano
- Polen
- Jalea real y propóleo
- Colmenas y marcos de usados
- Maquinaria apícola usada (centrífugas)
Con respecto a la maquinaria apícola usada, ésta será evaluada según disposiciones de la Ley Orgánica del SAG, por funcionarios del Servicio, los que según sea el caso podrán adoptar las medidas que estimen pertinentes para evitar el la probabilidad de introducción de enfermedades.
A Chile sólo pueden ingresar productos pecuarios de establecimientos habilitados y con certificación oficial; por lo tanto, los que no cumplan esta condición son incautados en frontera y no se permite su ingreso. En la página Web del SAG (Ámbito Pecuario – Importaciones) se encuentra la nómina de establecimientos aprobados para exportar productos pecuarios a Chile, la que se actualiza periódicamente, en la medida que se solicita la habilitación de establecimientos extranjeros.
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